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LA ODISEA POR UNOS METROS CÚBICOS DE OXÍGENO MEDICINAL EN EL PERÚ: ¿EL ESTADO DEBERÍA FIJAR SU PRECIO MÁXIMO?

Fuente: Fotografía propia, capturada el 8 de febrero de 2017 en el “Franklin Delano Roosevelt Memorial”, Washington D.C. – EE.UU.


Han transcurrido más de tres meses, desde que el Presidente Martín Vizcarra anunció oficialmente el estado de emergencia y con ello el confinamiento social a causa de la Pandemia de Coronavirus (COVID-19). La propagación de este virus tomó desprevenidos a varios ciudadanos peruanos, en un principio consideraron que esta situación de fuerza mayor sería pasajera o mejor dicho de solución inmediata, sin embargo, nuevamente el tiempo fue el que los devolvió a la realidad, puesto que los casos se fueron incrementando exponencialmente, y de forma paralela también los plazos de las medidas de prevención y control. El COVID-19 desde que pisó suelo peruano se convirtió incuestionablemente en el principal desafío para ser afrontado por el Gobierno, los ciudadanos y las empresas; y es que su ánimo de arrasar con todo lo que se le presentaba a su paso –especialmente los seres humanos, el sistema económico y de salud– tenía que ser neutralizado, por tanto hizo que estos agentes tengan que adaptarse de manera abrupta a sus exigencias.

Verbigracia, el Gobierno peruano dando preminencia al fin supremo del Estado peruano que es la persona y su dignidad, y con la convicción de cumplir su obligación de garantizar, defender y promover el derecho a la vida, la salud y la integridad física, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú (art. 1, 2 inciso 1, y 7), la  Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 1, 3 y 25), Convención Americana sobre sobre Derechos Humanos (art. 1, 4, 5 y 26), y especialmente, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – PIDESC (art. 12); en otras palabras, con el propósito de evitar que sus ciudadanos sigan contagiándose y otros puedan tener éxito en su proceso de recuperación, y así no se produzcan decesos injustificados y negligentes, tuvo que establecer el confinamiento social y otorgar “bonos de sobrevivencia” a las personas que se encontraban en desventaja económica, asimismo, desarrollar acciones en su sistema de salud –todas las que estén a su alcance– a favor de la población contagiada, tales como: incrementar camas hospitalarias y de las Unidades de Cuidados Intensivos, implementar equipos médicos como ventiladores mecánicos, contratar profesionales de la salud nacional y extranjero, distribuir productos sanitarios y farmacéuticos (mascarillas, guantes, alcohol en gel, oxígeno medicinal, medicamentos), etc. No obstante, a pesar de estos esfuerzos –que no fueron en vano– las circunstancias hicieron que estos no tengan el resultado deseado, por consiguiente suscitaron lo inevitable “la crisis total del sistema de salud”.

En un inicio el Gobierno peruano depositó su confianza ciegamente en su sistema de salud, quizá porque anteriormente ya había salido airoso de otras vicisitudes como el Fenómeno del Niño en el 2017, sin embargo, esta vez la situación que se le presentaba era sui géneris, por lo que empezó a correr contra el tiempo, quiso convertir –por arte de magia– su sistema de salud en uno con alta capacidad de respuesta a las demandas de la población,mejor dicho como uno parecido al delos países con desarrollo consolidado; debo decir que para nuestro infortunio no lo logró, puesto que el problema se intensificó, el virus se encontró con una necesidad básica como la alimentación, conllevando a que varios ciudadanos salieran a trabajar sin tomar precauciones – pese a que varios aspectos de su vida se estaban adecuando a la virtualización– así fueron aumentando los casos de COVID-19 en todas las regiones del Perú –en las que el progreso se ha dado de forma desigual– y las deficiencias se hicieron más visibles, como la falta de capacidad de atención, recursos y personal en los centros de salud, la cual llegó a su punto más álgido,ocasionando que los ciudadanos contagiados improvisen convirtiendo sus hogares en “pseudo hospitales” para que continúen luchando contra el COVID-19.

Por lo señalado, se puede apreciar que el efecto del COVID-19 no solo incidió en una esfera pública sino también privada. Ahora que los hogares tienen a sus miembros contagiados y están funcionando como imitación de algún nosocomio, tienen que adquirir productos farmacéuticos y sanitarios para cumplir con los tratamientos, lo que ha conllevado a una variación en el mercado, es decir, se ha incrementado la demanda, provocando que se constituyan varias empresas y se reorienten otras en esta línea de comercio (modificación de razones sociales o extensión en actividades). Debo traer a colación la conocida frase “para hacer negocios debe existir una necesidad”,es así que muchos ciudadanos han aprovechado la oportunidad de seguir incursionando en el mundo del emprendimiento de productos farmacéuticos y sanitarios.A primera vista pareciera que este contexto evidenciaría un ganar-ganar por parte del Gobierno, ciudadanos y empresarios; sin embargo, es momento que saque a la luz el climax de este artículo –que pareciera sacado de alguna serie o película, aunque no lo sea porque es la coyuntura– el cual tiene que ver con la perversión del lado humano materializado en la actuación de varias empresas en momento de crisis por el COVID-19 y la responsabilidad del Estado de garantizar el ejercicio del derecho a la salud, el cual es considerado como un derecho continente, debido a que no solo comprende el derecho de atención en centros de salud y la asistencia médica en el tratamiento de patologías, sino también el acceso y disponibilidad de medicamentos esenciales (según el art. 12 y su inciso 1 y 2 literal c. y d. del PIDESC, y los considerandos 8, 9, 12, 16 y 17 de la Observación General N.° 14 del Consejo Económico y Social).

Como es sabido uno de los principales síntomas del COVID-19 es la tos seca, la cual si no logra ser tratada adecuadamente desencadena complicaciones en el sistema respiratorio (por ejemplo, el Síndrome de Distrés Respiratorio Agudo-SDRA), ocasionando que varios pacientes terminen utilizando oxígeno medicinal mediante respiradores mecánicos; de ahí que muchos ciudadanos diagnosticados con COVID-19 se agravaron y presentaron este cuadro clínico, por lo que aumentó la demanda de este producto farmacéutico,el cual finalmente se convirtió en primordial o como bien lo ha llamado el Gobierno en “un recurso estratégico”para la sobrevivencia de los pacientes de COVID-19 (artículo 2 del Decreto de Urgencia 066-2020).Cabe mencionar que, en un mercado que funciona adecuadamente, la fijación de precio se da según dos variables: la oferta y demanda, es así que se debe resaltar que en este primer momento por el incremento de la demanda (pacientes con síntomas graves)se mantuvo la oferta del oxígeno medicinal, por ende, no hubo variaciones significativas en su precio.

No obstante, en este mes de junio,varios empresarios se aprovecharon de la situación para “hacer su agosto”, es decir, empezaron a lucrarse excesivamente fijando precios exorbitantes por el oxígeno medicinala costa de la necesidad de los peruanos contagiados que se encontraban en una crisis económica, provocando que varios de ellos por su desesperación y temor a que el precio siga subiendo adquieran grandes cantidades de oxígeno medicinal, lo cual devino en un desabastecimiento, o en otras palabras, en una alteración del mercado provocada dolosamente por varios empresarios, puesto que el aumento del precio no se dio por un reajuste automático propio del mercado (oferta baja y demanda alta y/o competencia de las empresas), sino que este se incrementó sin mayor justificación que la de aprovechar la situación para favorecer intereses particulares y afectar el derecho a la salud,es por ello que originó un efecto contradictorio, no previsto en circunstancias normales de eficiencia del mercado, como el siguiente: no se disminuyó la demanda para racionalizar el oxígeno medicinal (persuasión a consumidores para que no compren en demasía) y menos aún se incentivó a otros empresarios a que sigan produciendo y/o comercializando este producto farmacéutico, sino que la oferta decayóy la demanda siguió incrementándose –consumidores se vieron compelidos a adquirir el oxígeno medicinal a pesar de su elevado precio–  impactando así en la economía de cada ciudadano; no cabe duda que el Perú sigue siendo impredecible.Por lo expuesto, el incremento de precios por el oxígeno medicinal promovido por varios empresarios, claramente se constituye como una injusticia social,puesto que no solo ha limitado el ejercicio del derecho a la salud, sino también “ha generado un efecto re distributivo, en el que los proveedores se han vuelto más ricos y los consumidores más pobres”, como explica el Dr. Alfredo Bullard en su artículo “Las Políticas de Competencia: ¿Por qué y para qué?”; ello demuestra una vez más que no hay cohesión de voluntades y que las empresas están incumpliendo su compromiso de responsabilidad social para confrontar el COVID-19.

La indignación de los ciudadanos – sobre todo de familiares de los pacientes– por esta situación no tardó en llegar, esta se manifestó a través de reclamos dirigidos al Gobierno para que controle el accionar de estas empresas y regule los precios por el oxígeno medicinal; consecuentemente, el Gobierno dio una respuesta inmediata –para garantizar el acceso a este bien por los pacientes positivos de COVID-19– promulgó el Decreto de Urgencia N.° 066-2020, de fecha 04 de junio de 2020,con el propósito de  fomentar la producción nacional de oxígeno medicinal (permisos excepcionales de fabricación y registro sanitario) y autorizar la contratación con empresas proveedoras mediante el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos de Salud - CENARES. A pesar de este esfuerzo, otras instituciones como el Colegio de Médicos del Perú y la Defensoría del Pueblo (Informe Especial N.°017-2020-DP “Crisis de oxígeno para pacientes de Covid-19: Alternativas de solución” emitido el 06 de junio de 2020)se pronunciaron por el Decreto de Urgencia en cuestión, evidenciando una omisión sobre los precios del oxígeno medicinal, es así que nuevamente exhortaron,esta vez a la Dirección General de Medicamentos Insumos y Droga del Ministerio de Salud (DIGEMID),a visibilizar el precio del oxígeno medicinal en el Observatorio Peruano de Productos Farmacéuticos de los Bienes Esenciales para el manejo del COVID-19,además, recomendaron intensificar la fiscalización para detectar establecimientos que no estén autorizados para venderlo.

Por lo expresado, se debe hacer hincapié que el pedido de “publicación de precios” realizado a DIGEMID no es descabellado, ya que su finalidad perseguida es que el Estado cumpla con su obligación de garantizar la efectivización del derecho al acceso y disponibilidad del oxígeno medicinal para que los pacientes logren recibir un tratamiento adecuado (considerado como contenido del derecho a la salud, concordancia con el art. 7 de la Constitución Política del Perú y art. 12 del PIDESC)e impedir que se continúe afectando a los consumidores por la asimetría de información (conforme al art. 65 de la Constitución Política del Perú , y considerando 12, inciso b, literal iiiy iv de la Observación General N.°14 del Consejo Económico Social); sin embargo, la verdadera cuestión surge cuando los ciudadanos solicitaron al Estado peruano que fije el precio del oxígeno medicinal, no solo para regular el acceso a este bien, sino para que los empresarios también puedan ser sancionados penalmente por el delito contra el Orden Económico en la modalidad de Especulación (artículo 234 del Código Penal), el tipo penal exige que el productor o comerciante venda productos de primera necesidad a precios superiores a los fijados por la autoridad competente.

Se debe mencionar que ello resulta ser irreflexivo y desacertado, en primer lugar, porque de acuerdo a los artículos 59, 61y 62 de la Constitución Política del Perú de 1993, el Estado se encuentra limitado para fijar precios debido a que sería incongruente con su rol garantista de la libertad de empresa, comercio e industria, de contratar y la libre competencia (propio de una economía social de mercado),no obstante, existe una excepción que le permitiría intervenir el cual es que las empresas estén ejerciendo estas libertades afectando a la salud y seguridad pública. Antes de justificarse en este supuesto se deben analizar los beneficios y perjuicios que se originarían, por tanto,es menester expresar que si interviene el Estado estableciendo un precio máximo con la finalidad de garantizar la accesibilidad al oxígeno medicinal, lo que provocará es que se distorsione el funcionamiento del mercado (ineficiencia del mercado), intensifique el desabastecimiento de oxígeno y se potencialice la formación de mercados clandestinos (en estos los empresarios podrán libremente aumentar el precio según la demanda, oferta y la competencia entre empresas), ello perjudicará de manera directa a los ciudadanos (pacientes-consumidores) que a pesar de la condición en la que se encuentran, inestabilidad económica, se verán forzados a comprar este producto farmacéutico a un precio irrazonable, asumiendo así unsobrecosto. Por lo expresado, se puede colegir que más allá de ver la situación del acceso al oxígeno medicinal solo como un problema deinjusticia social, debe ser visto también desde la perspectiva de eficiencia del mercado; esta regulación por parte del Estado no trae algún incentivo a los empresarios para que oferten más y cubran la demanda, como menciona el Dr. Alfredo Bullard (ibidem) lo que se ocasionaría es que“las empresas produzcan menos y satisfagan a menos consumidores, haciendo perder bienestar a la sociedad”.

La propuesta que se debe manifestar para solucionar la injusticia social e ineficiencia de mercado que ha evidenciado la cuestión de acceso y disponibilidad del oxígeno medicinal, consiste en que el Estado no injiera fijando precios de este producto farmacéutico, es decir, debe dejar que el precio sea determinado conforme el desenvolvimiento propio del mercado (la oferta, demanda y la libre competencia), no obstante, tendrá que actuar con mayor diligencia y compromiso a través de sus instituciones como la Dirección General de Medicamentos Insumos y Droga del Ministerio de Salud (DIGEMID)y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a las cuales les corresponderá asumir y ejercer debidamente sus funciones: la primera, a través de su Equipo de control y vigilancia de establecimientos deberá supervisar el proceso de producción, distribución y comercialización del oxígeno medicinal y sancionar las conductas que trasgredan la normativa sanitaria (Ley N.°29459, D.S. N.°016-2011-SA y D.S. N°014-2011-SA, etc.),y la segunda, monitorear las actuaciones de las empresas, asimismo,investigar y sancionar prácticas anticompetitivas, como: el abuso de la posición de dominio o conductas colusorias para fijar precios por parte de las empresas; con ello no solo se concientizará a los empresarios para que sean más responsables socialmente, se incentivará a que estos produzcan o importen, distribuyan y comercialicen más oxígeno medicinal, o se fomentará el acceso a este mercado por otras empresas, sino también se logrará que el Estado cumpla con su obligación de garantizar el ejercicio del derecho a la salud de sus ciudadanos, especialmente el derecho de acceso y disponibilidad de medicamentos esenciales (oxígeno medicinal) y, por ende, no incurraen responsabilidad internacional.

En conclusión, el COVID-19 no solo llegó al Perú para alterar su status quo, es decir, evidenciar las deficiencias y compeler al Gobierno a cumplir con su obligación de garantizar el ejercicio del derecho a la salud (específicamente el derecho de acceso y disponibilidad del oxígeno medicinal, consagrado en el marco normativo nacional e internacional) a través de la gestación reformas estructurales inmediatas en el sistema económico y de protección de la salud, sino también llegó a revelar el lado oscuro de las empresas proveedoras de productos farmacéuticos y sanitarios, el cual se exteriorizó en su decisión de elevar exorbitantemente el precio del metro cúbico de oxígeno medicinal,pese a que conocían perfectamente la crisis económica que varios pacientes en estado grave estaban atravesando.Sencillamente, algunos empresarios se auto excluyeron del compromiso de confrontar al COVID-19 de manera conjunta con el Gobierno y los ciudadanos, y tendieron un velo de olvido a sus clientes (ciudadanos – pacientes) en el momento que más necesitaban de ellos, los introdujeron en una odisea para conseguir unos metros cúbicos de oxígeno medicinal y así les pusieron óbices para que continúen luchando por su vida; ello originó que varios ciudadanos, entre ellos los mismos pacientes y sus familiares, traten de buscar soluciones eficaces, de ahí que pidieron al Gobierno que determine el precio máximo del oxígeno medicinal, en esencia solo pretendían obtener un poco de verdad, piedad y justicia; sin embargo, en su análisis solo advirtieron lo ventajoso de esta propuesta a corto plazo que era tener acceso y disponibilidad de este producto farmacéutico a un precio idóneo, mas no consideraron los límites constitucionales (contravención al artículo 59, 61 y 62 de la Constitución Política del Perú de 1993, rol del Estado en el sistema económico social de mercado) y efectos nocivos a mediano y largo plazo ( ineficiencia del mercado, intensificación de desabastecimiento, formación de mercados clandestinos, etc.); por tanto, ante la configuración de la no factibilidad de esta propuesta, es ineludible recomendar al Gobierno que deje de actuar como un “espantapájaros” –solo observa el mercado y sin mayor intervención o esfuerzo consigue mantenerlo dentro de los límites de la ley y orden público– y que sea más dinámico en la protección del derecho a la salud (conforme al art. 7 de la Constitución Política del Perú, art. 1 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el art. 12, inciso 1 y 2 del PIDESC, y los considerandos 8,9,12,16 y 17 de la Observación General N.° 14 del Consejo Económico y social), por ejemplo, a través de sus instituciones como DIGEMID e INDECOPI cumpla con monitorear, fiscalizar, investigar y sancionar las malas prácticas empresariales–mientras que el mercado se autorregula–asimismo, es imprescindible exhortar a los empresarios a que actúen éticamente y con responsabilidad social, para que exista un beneficio recíproco, es decir, a favor de los intereses públicos y privados. El Perú depende de todos, es momento de cohesionar voluntades para salir victoriosos en esta batalla contra el COVID-19.



Autor: Carmen Vásquez Rodríguez



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